La Constitución de 1917.
Jorge González Camarena. 1967.
Por Lisardo Enríquez
L.
En la Constitución Política
de 1917, que todavía celebramos, es donde se asentaron principios básicos de anhelos
legítimos de la Revolución Mexicana. En 1961, el historiador y economista Daniel
Cosío Villegas decía que los revolucionarios mexicanos trataron de definir sus
metas formalmente por primera vez al redactarse nuestra constitución. Nos
recrea en los acontecimientos que siempre han surgido a la hora de hacer
definiciones sobre el destino de México.
Así es como vemos que el
grupo encabezado por Venustiano Carranza, el más poderoso en aquél momento,
deseaba que la nueva constitución fuera simplemente una revisión de la
promulgada en 1857. Incluso, ya promulgada la nueva, el propio presidente
Carranza hizo propuestas para reformar el artículo tercero. Los vencedores de
la lucha armada hasta la hora de la Convención de Querétaro no contaban con que
el ánimo de las fuerzas populares estaba más allá de una mera acomodación de
términos. Es así como un pequeño grupo de constituyentes se propuso luchar por
algo nuevo, alcanzando sus mayores logros en la aprobación de los artículos 3º,
27, 123 y 130.
Mucho de positivo trajo
consigo el movimiento armado que se inició en 1910 y la Constitución promulgada
en 1917. Respecto al primero, ya desde 1947 y durante los años que siguieron,
el propio Cosío Villegas, el también economista, estudioso de las cuestiones
agrarias y del petróleo, Don Jesús Silva Herzog y otros, hicieron severas
críticas a los derroteros que estaba siguiendo la Revolución, dando entrada a
la iniciativa privada nacional y extranjera en los negocios que en años previos
estaban reservados al Estado, y también en cuanto a que muchos de los políticos
habían tomado los puestos para enriquecerse. ¿Qué dirían ahora de corruptos
exculpados, dueños de fortunas, que se presentan a un evento como invitados
especiales en un automóvil que parece de la película viaje a las estrellas?
Especialmente ahora que la pobreza va en aumento.
En lo que corresponde a la
Carta Magna se han omitido sus prescripciones cuando se trata de darle manga
ancha a empresarios de aquí y de allá o cuando deciden ocultar algo; pero se
exige su aplicación si grupos opositores protestan por medidas incongruentes de
los gobiernos con aquello que debe hacerse de acuerdo al sentido común, o a los
principios establecidos en las leyes o a las necesidades de las comunidades o a
lo que es objetivo como desarrollo histórico, o a los abusos o a muchas otras
cosas. En estos casos se declara: “Hay que aplicar la ley”, esa ley que todo el
tiempo se ha hecho a un lado, por ejemplo, en relación a tanta corrupción en
PEMEX a lo largo de los años con gobiernos de diferentes colores.
(Artículo publicado el 3 de febrero de 2015 en Diario de Xalapa)
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